DECLARACIÓN LABORAL ELECTRÓNICA
A principios del año 2001, le correspondió a la Inspección Federal del Trabajo, romper sus paradigmas, dejar aquello que por inercia, hábito ó costumbre veníamos haciendo y que no demostró, los resultados esperados.
En este sentido la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, fijó como meta cambiar la imagen inquisitiva y sancionadora que tradicionalmente había tenido la inspección del trabajo; reenfocando su función, con una alternativa para las empresas, en la que funge como una autoridad asesora, orientadora, consejera de los factores de la producción y promotora del cumplimiento voluntario de la normatividad laboral.
Diagnóstico
Antes de definir el perfil de este cambio, realizamos un diagnóstico a nivel federal sobre los resultados que había tenido en el mundo laboral la inspección del trabajo en su esquema tradicional, encontrándonos las siguientes problemáticas:
De los más de 800 mil centros de trabajo registrados en el I.M.S.S., la inspección del trabajo en el año 2003 visitó 15,551, lo que representa menos del 1.93% del padrón universal. Esto sin tomar como dato total, los 2 millones 800 mil centros de trabajo, registrados en el padrón del INEGI.
También observamos que la actividad fundamentalmente sancionadora de la autoridad, no ha generado una cultura de cumplimiento de la normatividad laboral.
Es decir, la sanción o multa no ha traído como consecuencia en la mayor parte de los casos que el empleador realice las adecuaciones por las cuales se le impuso una multa.
En síntesis, el diagnóstico nos llevó a concluir que el binomio inspección – sanción, no había sido capaz de crear una conciencia de la prevención, ni tampoco inducir una conducta pública de cumplimiento de la Normatividad Laboral.
Por otra parte, el mundo laboral como consecuencia de la Globalización y la crisis económica actual, están exigiendo cambios en la actitud de los empleadores, en los trabajadores y en la propia autoridad.
De tal suerte que debemos dejar atrás viejos paradigmas, que han demostrado ser inoperantes para la consecución del bien común.
Así también, el diagnóstico nos arrojó que en el 95 % de los centros de trabajo en el país existe un enorme desconocimiento de la normatividad laboral.
Reingeniería de Funciones
Por las razones antes mencionadas se practicó una “Reingeniería de Funciones de la Inspección Federal del Trabajo”, fundamentándola en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa de Desarrollo Sectorial, el Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral y el Reglamento Federal de Seguridad Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
De igual forma, las 39 Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la STPS, en materia de seguridad e higiene expedidas en base, a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, cuya característica principal estriba en que fueron elaboradas tomando en consideración, la naturaleza de la actividad económica, los procesos de trabajo y el grado de riesgo de cada sector industrial, comercial o de servicios, para minimizar las condiciones existentes que constituyan un riesgo para la vida, la salud o integridad física de los trabajadores o bien, para las propias instalaciones del centro de trabajo.
En base a lo anterior, la STPS, diseñó un mecanismo alterno a la inspección que por su manera de operar logrará dar un cambio trascendental a la práctica de la inspección del trabajo, llamado Declaración Laboral Electrónica (DECLARE), con el cual se pretende que, a través de un link en la página de Internet de la Secretaría, los factores de la producción accedan de una manera ágil, a conocer la normatividad laboral y su aplicación, así como todos los servicios que brinda la Dependencia.
En este sentido, la STPS a través de la DECLARE ha hecho una compilación de la normatividad laboral vigente, la cual pone a disposición de los empleadores y trabajadores, mediante una biblioteca virtual, con el objeto de facilitarles la consulta y difundir masivamente sus derechos y obligaciones; fomentando la autorregulación.
Contemplamos que los propios empleadores analicen el grado de cumplimiento de sus empresas, y expresen su libre voluntad de cumplir con la normatividad laboral, por su parte, la STPS, a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo confiará en su dicho y constatará aleatoriamente dicha información.
Lo que nos llevará a concentrar nuestra atención en las empresas que nunca han sido inspeccionadas y poder supervisar a las Delegaciones Federales del Trabajo, Unidades de Verificación, Organismos de Certificación y Laboratorios de Pruebas, entre otras atribuciones conferidas por la ley.